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Cume

En muchas ocasiones la atención a las personas con diversidad funcional requiere unos cuidados permanentes y continuados. Visitas a especialistas sanitarios, a profesionales terapéuticos y disponibilidad para asistir al/la menor cuando sea preciso. Esta dedicación puede afectar al ámbito laboral y por ello, se cuenta con una prestación denominada CUME. Prestación para el Cuidado de Menores con Enfermedades Graves o Cáncer. Que tiene por finalidad garantizar los cuidados sin perjudicar al/la trabajador/a.

¿Qué es la CUME?

Es un subsidio que permite acogerse el padre o la madre a una reducción de la jornada laboral de entre el 50 y el 99%. Sin que los ingresos se vean afectados para poder ofrecer a sus hijas/os los cuidados necesarios.

¿Cuáles son los requisitos para solicitar la CUME?

Contar el/la menor  con un diagnóstico que esté incluido en el listado de las enfermedades graves. Establecidas por el Boletín Oficial del Estado para el acceso a este subsidio.

Podéis consultar el listado en el siguiente enlace:
https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2019-1691

Estar ambos progenitores de alta en la Seguridad Social por cuenta propia o ajena.

¿Cómo se solicita la CUME?

En primer lugar se debe llegar un acuerdo entre ambos progenitores. Y definir cuál de ellos solicitará la prestación, ya que solo uno de los dos puede beneficiarse.

El trabajador o la trabajadora que se acoja al subsidio deberá definir la reducción que aplicará, esta siempre oscilará entre el 50% y el 99%.

Informaremos a la empresa de nuestra intención de acogernos a la CUME e iniciaremos los trámites a través de la mutua.

Ante la mutua justificaremos por medio de los formularios facilitados nuestra situación laboral (la justifica el trabajador y la empresa). Y la situación sanitaria del/de la menor (la justifica el médico especialista o el pediatra de referencia).

Los formularios estandarizados se complementarán con toda la documentación que pueda justificar la necesidad de cuidados continuada. Como los informes médicos, terapéuticos y escolares, listado de citas médicas, agendas de tratamientos, intervenciones y/o terapias.

Aquí podéis consultar un ejemplo de documentos estándar de la Mutua Balear.
https://www.mutuabalear.es/es/impresos
(acceder a pestaña Prestaciones>Cuidado de menores afectados por enfermedad grave)

Aspectos para tener en cuenta

El que la patología no esté incluida dentro del listado de enfermedades graves no es excluyente del acceso a la prestación. Podemos justificar por medio de un informe del especialista médico: que la patología presentada por el/ la menor tiene un cuadro diagnóstico similar a las recogidas en el listado oficial.

Una vez presentada la documentación en la mutua la resolución puede demorarse un mes. Si ya hemos aplicado la reducción en nuestra jornada laboral y la mutua nos deniega la prestación. No percibiremos el salario de la jornada que hayamos reducido y no trabajado.

En caso de una denegación podemos volver a solicitar la prestación adjuntando documentación complementaria que ayude a la justificación de la situación.

La prestación requiere un seguimiento y estudio continuado por parte de la mutua. Por lo que deberemos presentar documentación de forma regular. Para justificar que la situación del/ de la menor es la misma que cuando se concedió la prestación.

En caso de que el/la otro/a progenitor/a deje de estar de alta en la Seguridad Social. La prestación se suspenderá y deberá solicitarse de nuevo desde un inicio. Debemos tener especial cuidado en los casos en los que se realice un cambio de empleo. Ya que un solo día de baja en la Seguridad Social extingue la prestación.

En caso de que el/la progenitor/a curse una baja laboral (por enfermedad común, embarazo, maternidad o cualquier otra cuestión). La prestación quedará suspendida y deberá tramitarse de nuevo.

Si estáis interesados en ampliar la información sobre esta prestación, no dudéis en concertar una cita.

Paloma Ojea

Trabajadora Social

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